Ley [CCF]

Artículo 2545 de Código Civil Federal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Cuarto TÍTULO Octavo CAPÍTULO II

Artículo 2545.- El secuestro judicial se rige por las disposiciones del y, en su defecto, por las mismas del secuestro convencional.

Artículo reformado DOF

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