LIBRO Cuarto TÍTULO Noveno CAPÍTULO I
Artículo 2548.- Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.
Ley [CCF]
LIBRO Cuarto TÍTULO Noveno CAPÍTULO I
Artículo 2548.- Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.
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