Ley [CCF]
Artículo 30 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 30.- El domicilio legal de una persona física es el lugar donde la ley le fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente.
Artículo reformado DOF