LIBRO Primero TÍTULO Septimo CAPÍTULO I
Artículo 336.- En el juicio de contradicción de la paternidad serán oídos la madre y el hijo, a quien si fuere menor, se proveerá de un tutor interino.
Ley [CCF]
LIBRO Primero TÍTULO Septimo CAPÍTULO I
Artículo 336.- En el juicio de contradicción de la paternidad serán oídos la madre y el hijo, a quien si fuere menor, se proveerá de un tutor interino.
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