Ley [CCF]
Artículo 346 de Código Civil Federal
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LIBRO Primero TÍTULO Septimo CAPÍTULO II
Artículo 346.- Las acciones civiles que se intenten contra el hijo por los bienes que ha adquirido durante su estado de hijo nacido de matrimonio, aunque después resulte no serlo, se sujetarán a las reglas comunes para la prescripción.