LIBRO Primero TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 79.- El reconocimiento del hijo natural mayor de edad requiere el consentimiento expreso de éste en el acta relativa.
Artículo reformado DOF
Ley [CCF]
LIBRO Primero TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 79.- El reconocimiento del hijo natural mayor de edad requiere el consentimiento expreso de éste en el acta relativa.
Artículo reformado DOF
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