LIBRO Primero TÍTULO Segundo CAPÍTULO II
Artículo 26 .- Los procesados sujetos a prisión preventiva y los reos políticos, serán recluidos en establecimientos o departamentos especiales.
Ley [CPF]
LIBRO Primero TÍTULO Segundo CAPÍTULO II
Artículo 26 .- Los procesados sujetos a prisión preventiva y los reos políticos, serán recluidos en establecimientos o departamentos especiales.
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Código Penal Federal (CPF)
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