Ley [CPF]

Artículo 424 de Código Penal Federal

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Código Penal Federal (CPF)

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LIBRO Segundo TÍTULO Vigesimo Sexto

Artículo 424 .- Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa:

  1. Al que especule en cualquier forma con los libros de texto gratuitos que distribuye la Secretaría de Educación Pública;
  2. Al editor, productor o grabador que a sabiendas produzca más números de ejemplares de una obra protegida por la Ley Federal del Derecho de Autor, que los autorizados por el titular de los derechos;
  3. A quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor.

    Fracción reformada DOF ,

  4. Derogada.

    Fracción derogada DOF

    Artículo adicionado DOF

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