Artículo 36.- Las normas para el concurso de selección para ascenso se harán del conocimiento del personal oportunamente.
Ley [LAAM]
Artículo 36.- Las normas para el concurso de selección para ascenso se harán del conocimiento del personal oportunamente.
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Ley De Ascensos De La Armada De México (LAAM)
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