Artículo primero.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el y abroga la Ley de Ascensos de la Armada de México publicada el 14 de enero de 1985.
Ley [LAAM]
Artículo primero.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el y abroga la Ley de Ascensos de la Armada de México publicada el 14 de enero de 1985.
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Ley De Ascensos De La Armada De México (LAAM)
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