cuarto..- El Ejecutivo Federal deberá realizar las reformas necesarias al Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en un plazo no mayor de noventa días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, a fin de adecuarlo al contenido del mismo. Hasta en tanto eso suceda, se continuará aplicando el Reglamento vigente en lo que no se opongan al presente instrumento.
Ley [LAASSP]
Artículo cuarto de Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público
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Relaciones verificadas del artículo
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Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
[Reg_LAASSP]
Vínculo entre normas
Ley General De Sociedades Cooperativas
[LGSC]
Vínculo entre normas
Ley De Asociaciones Público Privadas
[LAPP]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Austeridad Republicana
[LFAR]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
[LFPRH]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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