Ley [LAero]

Artículo 13 de Ley De Aeropuertos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 13. En caso de que los concesionarios a que hace referencia el artículo , no manifiesten interés en recibir la nueva concesión, se seguirán los procedimientos establecidos en para otorgarla.

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