Ley [LCEC_120419]
Articulo 13
Ley De Cámaras Empresariales Y Sus Confederaciones
Artículo 13.- Los requisitos que debe satisfacer el grupo promotor en su solicitud a la Confederación para constituir una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo son los siguientes:
- Que no se encuentre constituida en los términos de una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en la misma circunscripción o parte de ella;
- Que la circunscripción propuesta tenga una población superior a doscientos mil habitantes, de acuerdo con el último Censo General de Población;
- Que dentro de la circunscripción existan por lo menos dos mil quinientos Comerciantes;
- Presentar el programa de trabajo correspondiente a fin de dar cumplimiento al objeto de la Cámara, según se indica en el artículo de , en un plazo no mayor a los tres meses, y
- Cumplir con los demás requisitos que se establecen en .