Ley [LCEC_120419]
Articulo 18
Ley De Cámaras Empresariales Y Sus Confederaciones
Artículo 18.- Las Cámaras tendrán los siguientes derechos y obligaciones frente a sus Confederaciones:
- Participar con voz y voto en las asambleas y otros órganos de gobierno de la Confederación a través de sus representantes;
- Participar en los procesos de elección de los miembros del órgano de gobierno de la Confederación;
- Que sus representantes sean sujetos de elección para las posiciones en los órganos de gobierno de la Confederación;
- Someter a la consideración de la Confederación y sus órganos de gobierno por conducto de su representante las iniciativas que considere pertinentes para el mejor funcionamiento de ésta y de las Cámaras y obtener respuestas fundadas sobre éstas;
- Ser el representante de los intereses de la actividad productiva o región que corresponde a la Cámara en la Asamblea y los órganos de gobierno de la Confederación;
- A solicitud de las Cámaras, ser representados y defendidos por la Confederación en sus derechos y sus intereses como el sector económico o región que representa la Cámara ante las instancias de gobierno y otras instancias;
- Recibir de la Confederación, los servicios que ésta ofrezca en términos de asesoría legal y técnica, consultoría, publicidad, tramitación, capacitación entre otros que brinde a sus afiliados;
- Operar el SIEM cuando así lo autorice la Secretaría a petición de las Cámaras o Confederaciones, siempre y cuando cuenten con los recursos humanos y técnicos en el sector o región que corresponda;
- Recibir de la Confederación la información necesaria y suficiente sobre la administración y el desempeño de la misma;
- Solicitar a la Confederación que actúe como árbitro en la solución de controversias en aquellos ámbitos en los que sea competente, de acuerdo a la reglamentación vigente;
- Recibir de la Confederación la información necesaria y suficiente sobre la misma y sus afiliados de acuerdo a la normatividad vigente;
- Participar en las ferias, exposiciones, concursos y certámenes convocados por o en las que participe la Confederación;
- Solicitar y recibir de la Confederación, cuando proceda, el apoyo necesario para evitar la disolución y liquidación de la Cámara, vigilando que la actividad productiva o región a la que corresponde la Cámara sean siempre representados adecuadamente;
- Acudir y participar en las asambleas y otros órganos de gobierno de la Confederación;
- Proponer candidatos a las posiciones en los órganos de gobierno de la Confederación que sean miembros representativos de la actividad o región de la Cámara;
- Informar de los resultados de los procesos de elección de los órganos de gobierno de las Cámaras;
- Contribuir al sostenimiento de la Confederación respectiva, en los términos que fije la asamblea de ésta y acatar sus disposiciones tratándose de casos de incumplimiento;
- Participar en el continuo mejoramiento del sistema cameral, buscando la mejor vinculación e integración de Cámaras en esquemas que, sin vulnerar la integridad de la Cámara, en conjunto ofrezcan una mejor representación y representatividad de actividades económicas o regiones;
- Enterar lo que corresponde a la Confederación por concepto de los ingresos obtenidos en la operación del SIEM;
- Acatar las resoluciones de la Confederación sobre las controversias llevadas a ella en las que se involucre a la Cámara;
- Cumplir con los perfiles y niveles de calidad en los servicios que deberán brindar las Cámaras a sus afiliados en términos de capacitación, comercio exterior, gestoría y asesoría técnica entre otros, y
- Los demás que establezca la , su Reglamento o los Estatutos de la Cámara respectiva.