Ley [LCEC_120419]

Articulo 44

Ley De Cámaras Empresariales Y Sus Confederaciones

Artículo 44.- La aplicación de las sanciones que se establecen en este título no libera al infractor del cumplimiento de las obligaciones que dispone ; se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que resulte.

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