Ley [LCEC_120419]
Articulo 44
Ley De Cámaras Empresariales Y Sus Confederaciones
Artículo 44.- La aplicación de las sanciones que se establecen en este título no libera al infractor del cumplimiento de las obligaciones que dispone ; se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que resulte.