Ley [LCM]
Artículo 265 de Ley De Concursos Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 265.- La sentencia de terminación del concurso mercantil se notificará a través del Boletín Judicial o por los estrados del juzgado.
Ley [LCM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 265.- La sentencia de terminación del concurso mercantil se notificará a través del Boletín Judicial o por los estrados del juzgado.