Ley [LCM]

Artículo 274 de Ley De Concursos Mercantiles

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Ley De Concursos Mercantiles (LCM)

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Artículo 274.- El que por sí o por medio de otra persona solicite en el concurso mercantil el reconocimiento de un crédito inexistente o simulado será sancionado con pena de uno a nueve años de prisión.

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