Ley [LCM]

Artículo 39 de Ley De Concursos Mercantiles

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Ley De Concursos Mercantiles (LCM)

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Artículo 39.- Las manifestaciones del Comerciante relativas a la existencia de documentos probatorios que no se encuentren en su posesión, deberán consignarse en el acta de visita.

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