Ley [LDSC]

Artículo 68 de Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura (LDSC)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 68. Las organizaciones sociales que participan en la Comisión podrán colaborar con información, en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad y de esta Ley, en el diseño de las Normas Oficiales Mexicanas sobre calidad del café que se comercialice en cualquiera de sus presentaciones.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad