Ley [LEBHN]

Artículo 5o de Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales

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Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales (LEBHN)

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Artículo 5o.- Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia.

Artículo reformado DOF

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