décimo octavo..- Para efectos de dar celeridad al correcto cumplimiento de las disposiciones fiscales, jurídicas o de cualquier otra índole que sean aplicables, la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas filiales, contarán con todas las facilidades administrativas que permitan su alta, baja o cambio de sus inscripciones en padrones o registros, ante entidades públicas y privadas, así como para realizar cualquier otro trámite previo o posterior a la extinción de las empresas productivas del Estado.
Ley [LEPECFE]
Artículo décimo octavo de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad
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Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
[Reg_LEPECFE]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Deuda Pública
[136_300118]
Vínculo entre normas
Ley General De Bienes Nacionales
[LGBN]
Vínculo entre normas
Ley Del Mercado De Valores
[LMV]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
[LFPRH]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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