décimo segundo..- Los poderes, mandatos y, en general, las representaciones otorgadas y las facultades concedidas por la con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, así como por las empresas productivas subsidiarias, se entienden conferidos por la a las personas que originalmente fueron otorgados, y subsisten en tanto no se opongan a esta Ley, o bien, sean modificados o revocados expresamente.
Ley [LEPECFE]
Artículo décimo segundo de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad
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Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
[Reg_LEPECFE]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Deuda Pública
[136_300118]
Vínculo entre normas
Ley General De Bienes Nacionales
[LGBN]
Vínculo entre normas
Ley Del Mercado De Valores
[LMV]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
[LFPRH]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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