Artículo 4.- En términos del artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las actividades que realice la Empresa Pública del Estado no constituyen monopolios.
Ley [LEPEPM]
Artículo 4.- En términos del artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las actividades que realice la Empresa Pública del Estado no constituyen monopolios.
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Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos (LEPEPM)
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