Ley [LEPEPM]
Artículo 90 de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 90.- Todos los actos relativos a la disposición, uso y disfrute de los bienes de Petróleos Mexicanos se rigen por la legislación común aplicable en lo dispuesto en el presente Capítulo.