Ley [LEPEPM]

Artículo décimo octavo de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos

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Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos (LEPEPM)

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TRANSITORIOS

décimo octavo..- La reestructura de Petróleos Mexicanos que autorice el Consejo de Administración no debe afectar los derechos laborales de las personas trabajadoras de Petróleos Mexicanos y de las empresas productivas subsidiarias que se extinguen, de conformidad con la presente Ley.

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