décimo séptimo..- Dada la naturaleza jurídica de Petróleos Mexicanos como empresa pública del Estado, a partir de la extinción de las empresas productivas subsidiarias, Petróleos Mexicanos está exceptuado de otorgar cualquier garantía prevista en los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos celebrados con el Estado Mexicano.
Ley [LEPEPM]
Artículo décimo séptimo de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
[Reg_LEPEPM]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Deuda Pública
[136_300118]
Vínculo entre normas
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026
[LIF_2026]
Vínculo entre normas
Ley Del Banco De México
[74]
Vínculo entre normas
Ley Del Mercado De Valores
[LMV]
Vínculo entre normas
Ley General De Bienes Nacionales
[LGBN]
Artículos cercanos
Buscar en esta ley Por artículo o término
Buscar artículo o término en esta ley
Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos (LEPEPM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.