Ley [LFAAR]

Artículo 67 de Ley De Fondos De Aseguramiento Agropecuario Y Rural

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 67. Los Fondos de Aseguramiento que no celebren contrato de afiliación con un Organismo Integrador, conforme a lo dispuesto en , serán considerados como Fondos de Aseguramiento no afiliados.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias