Ley [LFAAR]
Artículo 67 de Ley De Fondos De Aseguramiento Agropecuario Y Rural
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 67. Los Fondos de Aseguramiento que no celebren contrato de afiliación con un Organismo Integrador, conforme a lo dispuesto en , serán considerados como Fondos de Aseguramiento no afiliados.