Ley [LFD]
Artículo 194-h de Ley Federal De Derechos
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Artículo 194-h. Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho de impacto ambiental de obras o actividades cuya evaluación corresponda al Gobierno Federal, conforme a las siguientes cuotas:
- Por la recepción, evaluación y, en su caso, el otorgamiento de la resolución del informe preventivo $17,975.34
- Por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B:
- a). $48,338.98
- b). $96,680.23
- c). $145,021.50
Fracción con incisos reformada DOF
- Por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental, en su modalidad regional, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B:
- a). $63,258.58
- b). $126,514.87
- c). $189,771.14
Fracción con incisos reformada DOF
- (Se deroga el primer párrafo).
Párrafo derogado DOF
| TABLA A | |||
| No. | CRITERIOS AMBIENTALES | RESPUESTA | VALOR |
| 1 | ¿Se trata de obras o actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación? | No | 1 |
| Sí | 3 | ||
| 2 | ¿Para el desarrollo del proyecto se requiere la autorización de impacto ambiental por el cambio de uso del suelo de áreas forestales, en selvas o zonas áridas? | No | 1 |
| Sí | 3 | ||
| 3 | ¿El proyecto implica el uso o manejo de al menos una sustancia considerada dentro de las actividades consideradas altamente riesgosas? | No | 1 |
| Sí | 3 | ||
Tabla A reformada DOF ,
Para determinar la cuota que le corresponde pagar, se debe calificar cada uno de los criterios anteriores y su clasificación será de acuerdo a la suma de los valores obtenidos.
| TABLA B | ||
| GRADO | CUOTA A PAGAR SEGÚN EL INCISO CORRESPONDIENTE A LAS FRACCIONES II Y III DE ESTE ARTÍCULO | RANGO |
| (CLASIFICACIÓN) | ||
| Mínimo | a) | 3 |
| Medio | b) | De 5 a 7 |
| Alto | c) | 9 |
Tabla B reformada DOF ,
El pago de los derechos de las fracciones II y III de este artículo se hará conforme a los criterios ambientales señalados en la TABLA A y los rangos de clasificación de la TABLA B, para lo cual se deberán sumar los valores que correspondan de cada criterio establecido en la TABLA A, y conforme al resultado de dicha suma se deberá clasificar el proyecto conforme a los rangos señalados en la TABLA B.
Párrafo reformado DOF
- (Se deroga)
Fracción derogada DOF
- Por la evaluación y resolución de la solicitud de modificación de proyectos autorizados en materia de impacto ambiental $12,952.55
- (Se deroga).
Fracción derogada DOF
- Por la evaluación de la solicitud de exención de presentación de la manifestación de impacto ambiental de las obras y actividades señaladas en el artículo 6o. del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, se pagará la cuota de: $5,941.17
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF , ,