Ley [LFEP]
Artículo 49 de Ley Federal De Las Entidades Paraestatales
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 49.- El programa institucional de la entidad paraestatal se elaborará para los términos y condiciones a que se refiere el artículo de la y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.