Sexto.- Para los efectos de lo dispuesto en esta Ley, durante el año de 1998, los contribuyentes multiplicarán por el factor de 0.7 el monto del impuesto sobre automóviles nuevos que resulte de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3o. de esta Ley. El resultado que se obtenga será el impuesto a pagar.
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Artículo sexto
Ley Federal Del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos
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