Artículo 3o.- Son partes en el juicio contencioso administrativo:
- La persona demandante.
Fracción reformada DOF
- Las personas demandadas. Tendrán ese carácter:
Párrafo reformado DOF
- La autoridad que dictó la resolución impugnada.
- La persona particular a quien favorezca la resolución cuya modificación o nulidad pida la autoridad administrativa.
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria o la persona titular de la dependencia u organismo desconcentrado o descentralizado que sea parte en los juicios en que se controviertan resoluciones de autoridades federativas coordinadas, emitidas con fundamento en convenios o acuerdos en materia de coordinación, respecto de las materias de la competencia del Tribunal.
Inciso reformado DOF
Dentro del mismo plazo que corresponda a la autoridad demandada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá apersonarse como parte en los juicios en que se controvierta el interés fiscal de la Federación.
- La persona Tercera que tenga un derecho incompatible con la pretensión de la persona demandante.
Fracción reformada DOF