Ley [LFPRH]
Artículo 41 de Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 41.- El proyecto de Presupuesto de Egresos contendrá:
- La exposición de motivos en la que se señale:
- La política de gasto del Ejecutivo Federal;
- Las políticas de gasto en los Poderes Legislativo y Judicial y en los entes autónomos;
- Los montos de egresos de los últimos cinco ejercicios fiscales;
- La estimación de los egresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes cinco ejercicios fiscales;
- Las previsiones de gasto conforme a las clasificaciones a que se refiere el artículo de ;
- El proyecto de Decreto, los anexos y tomos, los cuales incluirán:
- Las previsiones de gasto de los ramos autónomos;
- Las previsiones de gasto de los ramos administrativos;
- Un capítulo específico que incorpore los flujos de efectivo de las entidades de control directo;
- Un capítulo específico que incorpore los flujos de efectivo de las entidades de control indirecto;
- Las previsiones de gasto de los ramos generales;
- Un capítulo específico que incorpore las previsiones de gasto que correspondan a gastos obligatorios;
- Un capítulo específico que incorpore las previsiones de gasto que correspondan a los compromisos plurianuales;
- Un capítulo específico que incorpore las previsiones de gasto que correspondan a compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo;
- i) Un capítulo específico que incluya las previsiones salariales y económicas a que se refiere el artículo , fracción II de ;
- Las previsiones de gasto que correspondan a la atención de la población indígena, en los términos del apartado B del artículo de la ; asimismo, las previsiones de gasto de los programas especiales cuyos recursos se encuentren previstos en distintos ramos y, en su caso, en los flujos de efectivo de las entidades;
- En su caso, las disposiciones generales que rijan en el ejercicio fiscal;
- l) Un apartado que contenga las principales variaciones que se proponen con respecto al año en curso y su justificación, en términos de las distintas clasificaciones del gasto; los principales programas y, en su caso, aquéllos que se proponen por primera vez;
- La información que permita distinguir el gasto regular de operación; el gasto adicional que se propone, y las propuestas de ajustes al gasto;
- Se deroga
Inciso reformado DOF . D erogado DOF
- Un capítulo específico que incorpore las erogaciones plurianuales para proyectos de inversión en infraestructura, aprobadas en términos del artículo , fracción IV, de la ;
Inciso derogado DOF . Adicionado DOF . Reformado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan a las erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan a las erogaciones para el Desarrollo de los Jóvenes;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, conforme a lo previsto en los artículos y de la ;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación, conforme a lo previsto en el artículo de la Ley de Ciencia y Tecnología;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan a la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, a que se refiere el artículo de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan para la Atención a Grupos Vulnerables;
Inciso adicionado DOF . Reformado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan a la Mitigación de los efectos del Cambio Climático, y
Inciso adicionado DOF . Reformado DOF
- v) Las previsiones de gasto que correspondan a la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan a la prevención, detección, investigación y sanción de hechos de corrupción, así como a las acciones de fiscalización y control de recursos públicos;
Inciso adicionado DOF
- Las previsiones de gasto que correspondan a la prevención, detección, investigación y sanción de hechos de corrupción, así como a las acciones de fiscalización y control de recursos públicos;
- Los anexos informativos, los cuales contendrán:
- La metodología empleada para determinar la estacionalidad y el volumen de la recaudación por tipo de ingreso, así como la utilizada para calendarizar el gasto según su clasificación económica;
- La distribución del presupuesto de las dependencias y entidades por unidad responsable y al nivel de desagregación de capítulo y concepto de gasto;
Inciso reformado DOF
- La metodología, factores, variables y fórmulas utilizadas para la elaboración de los Anexos Transversales a los que se refieren los incisos j), o), p), q), r), s), t), u), v) y w) de la fracción anterior, estableciendo con claridad los porcentajes o cuotas que del presupuesto de los Programas Presupuestarios y/o de las Unidades Responsables son considerados para la integración de dichos Anexos. En caso de que existan modificaciones en la metodología con respecto a la utilizada en el ejercicio fiscal anterior, se deberá incluir un apartado donde se explique y justifique plenamente el motivo de dichas modificaciones, y
Inciso adicionado DOF . Reformado DOF ,
- La demás información que contribuya a la comprensión de los proyectos a que se refiere este artículo así como la que solicite la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y, en su caso, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.
Inciso recorrido DOF
Párrafo adicionado DOF
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