Ley [LFSV]
Artículo 47-g de Ley Federal De Sanidad Vegetal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 47-g.- Los particulares que cuenten con un certificado de cumplimiento de BPA´s y detecten una posible fuente de contaminación en la producción primaria de vegetales, deberán establecer las medidas de control necesarias para corregirlo.
Artículo adicionado DOF