Ley [LFSV]

Artículo 47-h de Ley Federal De Sanidad Vegetal

Ver ley completa

Artículo 47-h.- La Secretaría podrá requerir que los particulares que pretendan ingresar vegetales al país, presenten un certificado o documentación oficial del país de origen que avale la aplicación de sistemas de reducción de riesgos durante su producción primaria.

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Navegación jurídica

Relaciones verificadas del artículo

Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Federal De Sanidad Vegetal (LFSV)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad