Ley [LGA]

Artículo 84 de Ley General De Archivos

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Ley General De Archivos (LGA)

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LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO I

Artículo 84. El patrimonio documental de la Nación es propiedad del Estado mexicano, de dominio e interés público y, por lo tanto, inalienable, imprescriptible, inembargable y no está sujeto a ningún gravamen o afectación de dominio, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

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