Ley [LGCFD]

Artículo 99 de Ley General De Cultura Física Y Deporte

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 99. La CONADE promoverá, coordinará e impulsará en coordinación con la SEP la enseñanza, investigación, difusión del desarrollo tecnológico, la aplicación de los conocimientos científicos en materia de activación física, cultura física y deporte, así como la construcción de centros de enseñanza y capacitación de estas actividades.

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