Ley [LGDNNA]
Artículo 101 bis de Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes (LGDNNA)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 101 bis. Niñas, niños y adolescentes gozan del derecho de acceso universal a las Tecnologías de la Información y Comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Artículo adicionado DOF