Artículo 56. Niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho en todo momento a que se les facilite un intérprete o aquellos medios tecnológicos que les permitan obtener información de forma comprensible.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 56

Ampliar

Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 56 Llegan al 56
  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Publicidad