Ley [LGE]
Artículo 136 de Ley General De Educación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 136. Los consejos de participación escolar o su equivalente a que se refiere este Capítulo se abstendrán de intervenir en los aspectos laborales, pedagógicos y administrativos del personal de los centros educativos y no deberán participar en cuestiones políticas ni religiosas.