Ley [LGE]

Artículo 179 de Ley General De Educación

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Ley General De Educación (LGE)

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Artículo 179. Las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el auxilio de la fuerza pública, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan.

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