Ley [LGISMH]

Artículo 4 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 4.- En lo no previsto en , se aplicará en forma supletoria y en lo conducente, las disposiciones de la , la , la , la , los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano y los demás ordenamientos aplicables en la materia.

Artículo reformado DOF ,

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