Ley [LGISMH]
Artículo 49 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 49.- De acuerdo con lo establecido en la ésta podrá recibir quejas, formular recomendaciones y presentar informes especiales en la materia objeto de .