Ley [LGMHCTI]
Artículo 55 de Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación
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Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación (LGMHCTI)
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Artículo 55. Las personas que realicen proyectos de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación podrán gozar del estímulo fiscal previsto en el artículo 202 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Para el otorgamiento de dicho estímulo se deberá aplicar lo establecido en dicho ordenamiento y en las reglas generales que al efecto se emitan conforme a esta última.