Ley [LGPC]
Artículo 3 de Ley General De Protección Civil
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 3. Los distintos órdenes de gobierno tratarán en todo momento que los programas y estrategias dirigidas al fortalecimiento de los instrumentos de organización y funcionamiento de las instituciones de protección civil se sustenten en un enfoque de gestión integral del riesgo.
Artículo reformado DOF