Artículo 82. El Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica y astronómica de que se disponga a nivel nacional.
Artículo reformado DOF ,
Ley [LGPC]
Artículo 82. El Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica y astronómica de que se disponga a nivel nacional.
Artículo reformado DOF ,
Navegación jurídica
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Ley General De Protección Civil (LGPC)
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