Artículo 89. La interposición del recurso de revisión relacionado con datos personales de personas fallecidas, podrá realizarla la persona que acredite tener un interés jurídico o legítimo.
Ley [LGPDPPSO]
Artículo 89. La interposición del recurso de revisión relacionado con datos personales de personas fallecidas, podrá realizarla la persona que acredite tener un interés jurídico o legítimo.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados (LGPDPPSO)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.