Artículo 39. La Fiscalía General de la República administrará el Fondo, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y racionalidad que serán plasmados en el Reglamento correspondiente, el cual determinará los criterios de asignación de recursos.
Párrafo reformado DOF
Los recursos que lo integren serán fiscalizados anualmente por la Auditoría Superior de la Federación.