LIBRO Segundo TÍTULO Primero CAPÍTULO IV
Artículo 103. El plazo para la presentación del recurso será de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución impugnada.
LIBRO Segundo TÍTULO Primero CAPÍTULO IV
Artículo 103. El plazo para la presentación del recurso será de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución impugnada.