Ley [LGRA]

Artículo 157 de Ley General De Responsabilidades Administrativas

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Segundo TÍTULO Segundo CAPÍTULO I SECCIÓN Quinta

Artículo 157. Los testigos podrán ser tachados por las partes en la vía incidental en los términos previstos en .

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