Ley [LGRA]
Artículo 216 de Ley General De Responsabilidades Administrativas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Segundo CAPÍTULO III SECCIÓN Tercera
Artículo 216. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones siguientes:
- La que determine imponer sanciones por la comisión de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, y
- La que determine que no existe responsabilidad administrativa por parte de los presuntos infractores, ya sean Servidores Públicos o particulares.